Fútbol
El Tribunal Arbitral del Deporte analiza en Lausana las apelaciones cruzadas sobre el polémico final de la AFCON 2025.

Este jueves por la mañana, el Tribunal Arbitral del Deporte (TAS) ha iniciado en Lausana una audiencia crucial para resolver una de las controversias más intensas en la historia de la Copa Africana de Naciones. El conflicto se centra en el desenlace de la final de la edición 2025, disputada entre Marruecos y Senegal, cuya resolución definitiva está ahora en manos de los jueces suizos.
El tribunal debe confrontar dos interpretaciones jurídicas radicalmente opuestas de los hechos ocurridos durante el partido. La delegación marroquí fundamenta su posición en los artículos 82 y 84 del reglamento oficial de la competición. Por su parte, Senegal sostiene que el resultado deportivo ya fue consumado dentro del terreno de juego, argumentando que el árbitro congoleño Jean Jacques Ndala permitió a sus jugadores regresar al campo tras un breve abandono, reanudó el encuentro hasta su conclusión y validó la victoria senegalesa por 1-0 tras la prórroga.
El núcleo de la disputa en Lausana radica en determinar las consecuencias legales de la salida temporal de los futbolistas senegaleses como protesta contra el arbitraje, seguida de su retorno para completar el partido. Esta situación cobra mayor complejidad debido a que el Comité de Apelación de la Confederación Africana de Fútbol (CAF) decidió posteriormente anular el marcador original, declarar perdedor por retirada a Senegal y otorgar a Marruecos una victoria administrativa por 3-0.
Más allá de las declaraciones públicas, donde el guardameta Édouard Mendy afirmó en marzo que "sabemos cómo ganamos la Copa" y el exentrenador marroquí Walid Regragui insistió en ser "campeón de África", la batalla jurídica se librará en torno a la interpretación normativa, la autoridad del colegiado y la viabilidad de revertir un resultado obtenido deportivamente.
La estrategia legal senegalesa se apoyará prominentemente en el Artículo 5 de las Reglas del Juego emitidas por la International Football Association Board (IFAB). Este precepto establece la autoridad absoluta del árbitro para dirigir el partido y la inapelabilidad de sus decisiones respecto a los hechos del juego. Senegal subraya que Ndala autorizó explícitamente la reanudación del encuentro tras el incidente y lo dirigió hasta el silbato final, confirmando el triunfo senegalés.
El argumento central plantea una cuestión crítica: si el árbitro permitió continuar el partido y lo finalizó bajo su dirección, ¿posee algún organismo administrativo la potestad posterior para invalidar el resultado homologado por el juez? Pius Ndubuisi, abogado especialista en derecho deportivo, declaró a la cadena SABC que los jugadores "regresaron al campo, el partido continuó y el árbitro pitó el final", sosteniendo que el Comité de Apelación de la CAF carecía de facultades para revocar la decisión tomada dentro del terreno de juego.
Además de la autoridad arbitral, la defensa liderada por el letrado español Juan de Dios Crespo-Pérez podría alegar la ausencia de una norma específica que regule el escenario de un equipo que abandona temporalmente el campo y luego completa el partido. Crespo-Pérez calificó la revisión de un encuentro terminado como algo "sin precedentes", sugiriendo que el caso trasciende el fútbol africano para cuestionar las bases mismas de la regulación deportiva global.
Los abogados senegaleses también intentarán diferenciar este incidente de casos anteriores de abandono definitivo, como la vuelta de la final de la Liga de Campeones de África 2019 entre el Espérance de Túnez y el Wydad Casablanca, enfatizando que sus jugadores sí volvieron a jugar y finalizaron el encuentro.
En contraste, la postura marroquí se basa en una lectura literal de los artículos 82 y 84 del reglamento de la Copa Africana de Naciones. Estas cláusulas estipulan que un equipo será considerado perdedor si se niega a jugar o abandona el terreno de juego antes del final sin permiso del árbitro, con la posibilidad de imponer una derrota por 3-0 y otras sanciones según las circunstancias.
Marruecos argumenta que la infracción se consumó en el instante preciso en que los jugadores senegaleses dejaron el campo, por lo que su regreso posterior no borra el hecho violatorio previamente ejecutado. Fouzi Lekjaa, presidente de la Real Federación Marroquí de Fútbol, reiteró esta visión en una entrevista con la revista Jeune Afrique, asegurando que las normas deportivas y legales fueron "obstruidas y violadas" por el rival.
Lekjaa añadió que la FIFA modificó sus reglamentos tras incidentes similares, estableciendo que cualquier jugador que abandone el campo sin autorización es susceptible de recibir tarjeta roja, lo cual reforzaría la tesis marroquí. Otro punto clave es que, durante el parón, el número de jugadores senegaleses en el campo cayó a solo tres, mientras que las reglas exigen un mínimo de siete para que cualquier equipo pueda continuar el partido.
Bajo esta perspectiva, la defensa marroquí sostendrá que la irregularidad estaba plenamente configurada antes del retorno senegalés, y que la reanudación del juego no elimina la responsabilidad disciplinaria derivada del comportamiento durante la interrupción.
La audiencia llega así a su punto más delicado, pues no solo se trata de verificar si hubo incumplimiento normativo, sino de definir la sanción proporcional. Senegal abandonó el campo, pero el partido se reanudó, concluyó y produjo un ganador deportivo. El TAS debe equilibrar la aplicación rigurosa de las reglas frente al principio de proporcionalidad y la integridad del resultado competitivo.
La interrogante decisiva es si la salida sin permiso activa automáticamente la anulación del marcador conforme a los artículos 82 y 84, incluso si el equipo regresa y gana bajo la supervisión arbitral. O si, por el contrario, la finalización del encuentro protege el resultado deportivo, permitiendo únicamente sanciones disciplinarias adicionales contra los responsables del incidente. Esta distinción será probablemente la llave de la sentencia esperada en Lausana, dado que el caso no gira solo alrededor de la infracción, sino de si dicha falta justifica la medida extrema de retirar el título al campeón de campo y entregárselo al rival.



