Líbano
El Ministro de Economía, Amer El-Bassit, emitió una nueva circular que establece las condiciones para la exhibición y comercialización de preparados alimenticios sustitutos de productos lácteos, con el fin de proteger al consumidor y evitar cualquier engaño.

El Ministro de Economía, Amer El-Bassit, emitió una nueva circular que establece las condiciones que deben cumplirse en cuanto a la exhibición y comercialización de preparados alimenticios sustitutos de productos lácteos, con el fin de proteger al consumidor y evitar cualquier engaño, y en virtud de la Ley de Protección al Consumidor N° 659/2005 y sus modificaciones, y de la decisión del Ministro de Agricultura relativa a la regulación del envasado, empaquetado y exhibición de la leche y sus derivados. La circular tiene como objetivo regular la exhibición y venta de estos productos, que son similares en forma y características a los productos lácteos y sus derivados, pero diferentes en ingredientes, garantizando la claridad de la información para el consumidor y evitando la confusión entre estos y los productos lácteos tradicionales.
La circular obligó a los puntos de venta a lo siguiente:
- Asegurar que estos productos cumplan con las especificaciones legales aprobadas, especialmente en cuanto a denominaciones y etiquetado.
- Exhibirlos por separado de los productos lácteos y quesos, colocando un letrero claro que lleve la frase: "Preparados alimenticios sustitutos de productos lácteos".
- Prohibir el uso de cualquier denominación, imagen o frase que sugiera que son productos lácteos.
- Prohibir su promoción a través de ofertas especiales destinadas a impulsar las ventas de una manera que pueda inducir a error al consumidor.
- Aplicar estas disposiciones a los anuncios, plataformas electrónicas, servicios de entrega y aplicaciones digitales.
Asimismo, la circular obligó a las instituciones alimentarias que utilizan estos preparados en sus productos, como hornos de manakish, pastelerías y restaurantes, a declararlos claramente en la lista de ingredientes.
La circular otorgó a las instituciones comerciales un plazo de un mes para regularizar su situación, enfatizando que "la Dirección de Protección al Consumidor intensificará la supervisión de campo y tomará las medidas legales contra los infractores, incluyendo la elaboración de actas de incautación y la remisión de los expedientes al poder judicial competente de manera urgente, y el retiro de los productos infractores de los mercados cuando corresponda. En consecuencia, se coordinará y cooperará con el Ministerio de Industria para proporcionarnos datos completos y precisos sobre las entidades importadoras de los materiales utilizados en la fabricación de estos preparados, especialmente los aceites hidrogenados, indicando las cantidades importadas y sus usos en las fábricas, contribuyendo así a rastrear su trayectoria, verificar sus métodos de uso y endurecer la supervisión sobre ellos".
El Ministerio de Economía señaló que "esta medida se enmarca en el fortalecimiento de la transparencia en los mercados, la protección de los consumidores y la garantía de su derecho a obtener información clara y precisa sobre los productos alimenticios exhibidos".



