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El agua en el Líbano del Sur: comunicado sobre la gestión exclusiva del sector

La institución de aguas del Líbano del Sur reafirma su exclusividad en la gestión del agua potable y saneamiento, advirtiendo sobre intervenciones sin autorización previa.

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El agua en el Líbano del Sur: comunicado sobre la gestión exclusiva del sector
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La institución de aguas del Líbano del Sur emitió un comunicado respecto a la exclusividad en la gestión del sector de agua y saneamiento dentro de su ámbito, subrayando su responsabilidad legal en la administración del servicio público de agua, la protección de las redes e instalaciones y la continuidad del servicio para los ciudadanos.

En primer lugar, recordó que la ley número 221 del 29 de mayo de 2000 sobre la organización del sector hídrico, junto con sus modificaciones, especialmente las leyes números 241 del 7 de agosto de 2000 y 377 del 14 de diciembre de 2001, asigna a las instituciones públicas de agua, cada una dentro de su jurisdicción geográfica y de manera exclusiva, las funciones de explotación, mantenimiento y distribución de agua potable y de riego, así como el estudio, ejecución y explotación de proyectos de saneamiento, la supervisión de la calidad del agua distribuida, y la propuesta y cobro de tarifas.

En segundo lugar, la institución destacó que la ley del agua número 77 del 13 de abril de 2018, modificada y reemitida mediante la ley número 192 del 16 de octubre de 2020, consagra esta exclusividad y establece que los recursos hídricos forman parte del patrimonio público, y que cualquier uso, explotación u ocupación de estos recursos o de las instalaciones relacionadas solo puede realizarse conforme a la ley y con autorización o asignación de las autoridades competentes.

En tercer lugar, la institución alertó a todas las asociaciones, organizaciones locales e internacionales, entidades privadas e individuos, que cualquier trabajo, intervención o proyecto relacionado con el agua potable o el saneamiento dentro de su ámbito de competencia —como perforación de pozos, tendido de redes o instalaciones, instalación de tanques, estaciones de bombeo o tratamiento, conexiones a redes públicas o cualquier intervención en las instalaciones y equipos que le pertenecen— no puede llevarse a cabo sin la coordinación previa y la aprobación escrita de la institución conforme a los procedimientos establecidos.

El comunicado advirtió que cualquier proyecto ejecutado que modifique o cree una instalación o red sin coordinación puede causar daños a la infraestructura o interferencias con la red pública que afecten la salud y seguridad de los usuarios, además de generar consecuencias negativas en los mapas, datos y clasificaciones de la institución que dificultan o retrasan trabajos de mantenimiento posteriores.

En cuarto lugar, la institución responsabiliza legalmente a cualquier entidad que realice este tipo de trabajos sin la coordinación previa por los daños, destrucción o interrupciones que puedan ocasionar en las redes e instalaciones públicas o en la continuidad del servicio, y se reserva el derecho de proceder judicial y administrativamente contra los infractores, así como de eliminar las irregularidades a costa de quienes las cometan, conforme a las leyes y reglamentos vigentes.

Finalmente, la institución valoró los esfuerzos de donantes, asociaciones, organizaciones, municipios e instituciones públicas en apoyo al sector hídrico, y aseguró que la puerta para la cooperación y coordinación está abierta a través de los canales oficiales. Cualquier proyecto realizado en coordinación con la institución garantiza la integración con los planes existentes, evita el desperdicio de esfuerzos y recursos, y protege la integridad y sostenibilidad del servicio público.

Asimismo, el contacto directo y la solicitud de servicios de mantenimiento o combustible mediante los procedimientos habituales a través de las oficinas y departamentos correspondientes dentro de la institución facilitan su provisión y ejecución sin pérdida de tiempo ni recursos.

La institución concluyó que el cumplimiento de estas normas no es un trámite formal, sino una garantía del derecho de los ciudadanos a un servicio de agua regular y seguro, y la protección de un servicio público cuya responsabilidad recae exclusivamente en la institución ante la ley.

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