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Líbano

El Ministerio de Educación detalla la decisión organizativa 1513 sobre escuelas y liceos oficiales

El Ministerio de Educación y Enseñanza Superior emitió un comunicado aclarando malentendidos sobre la decisión organizativa 1513/2026, que regula el funcionamiento de las instituciones educativas oficiales.

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El Ministerio de Educación detalla la decisión organizativa 1513 sobre escuelas y liceos oficiales
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El Ministerio de Educación y Enseñanza Superior publicó una declaración explicativa sobre la Decisión Organizativa 1513\m\2026 relativa a la regulación del trabajo dentro de las escuelas y liceos oficiales. En ella se indica:

"A raíz de las reacciones que acompañaron la publicación de la decisión, al Ministerio le interesa aclarar varias falacias en la lectura de la misma y las interpretaciones erróneas que se le han atribuido.

El Ministerio confirma que la reciente decisión organizativa se basó exclusivamente en los reglamentos internos de las escuelas y liceos oficiales, y no en costumbres o prácticas anteriores. Basándose en los datos e información registrados por los directores en el programa correspondiente, y partiendo de las necesidades pedagógicas actuales que requirieron modificaciones a varios artículos de dichos reglamentos para adaptarse a las circunstancias excepcionales y a las necesidades de cada escuela o liceo, el Ministerio desea aclarar lo siguiente:

Primero: Sobre la creación de un tercer ciclo en los liceos

Con el fin de garantizar la regularidad del trabajo educativo dentro de las escuelas y liceos, la decisión establece no otorgar aprobación para la creación de un tercer ciclo en los liceos que presenten solicitudes al respecto para el año escolar actual 2026\2027, manteniéndose la situación anterior sin cambios para este año.

Segundo: El tema de la división de grupos y los criterios de aula

Mientras que el reglamento interno de los liceos oficiales estipulaba el criterio de (40) alumnos por aula para superar el límite permitido y establecer la división de grupos, la decisión de la Ministra estableció un techo de (32) alumnos como criterio para la división de grupos, en respuesta a la propuesta de la Asociación de Educación y de los directores de liceos.

Tercero: El tema de los grupos con dificultades

La decisión incluye la posibilidad de excepción considerando aulas o grupos con dificultades cuyo número de alumnos sea inferior al mínimo legal (diez alumnos para la etapa de preescolar, el tercer ciclo y la etapa secundaria, y quince alumnos para el primer y segundo ciclo), teniendo en cuenta las condiciones geográficas, de seguridad y sociales, así como la disponibilidad de escuelas o liceos alternativos cercanos.

Cuarto: Sobre el cálculo del número de supervisores

El cálculo de las horas de supervisión en los liceos oficiales, adoptando un supervisor por cada (125) alumnos en lugar de (150), no tiene como objetivo perjudicar a un sector educativo en detrimento de otro ni menospreciar su estatus; más bien, se ha adoptado conforme al Reglamento Interno de las Escuelas Secundarias Oficiales No. 590\1974 y al marco de referencia curricular, tras introducir ajustes flexibles en el número de sesiones de supervisión en comparación con el número de alumnos. Además, la decisión añade la posibilidad de aumentar (15) quince horas de supervisión y realizar ajustes que se adapten a la forma geométrica del edificio escolar y a las necesidades de varios liceos que atraen alumnos, según lo requiera el buen funcionamiento administrativo y educativo.

Quinto: Consideración de las circunstancias excepcionales

La decisión de la Ministra –al abordar los temas mencionados de supervisión, división de grupos y grupos con dificultades– no pasó por alto la consideración de ciertas condiciones específicas y excepcionales mediante causas justificadas propuestas por las administraciones de las escuelas y liceos y las direcciones competentes (como las situaciones difíciles de las escuelas inclusivas que dependen de programas, proyectos y actividades de desarrollo y que atraen alumnos, o las ubicadas en zonas inseguras o bajo ocupación).

En base a ello, el Ministerio de Educación y Enseñanza Superior reafirma su constante interés en salvaguardar el interés educativo y nacional superior de la educación oficial primaria y secundaria, respetando la especificidad de cada etapa, garantizando el buen funcionamiento de las escuelas y liceos oficiales, y fomentando la integración con los organismos educativos y la asociación con las federaciones de educación basadas en fundamentos pedagógicos y confianza mutua, lejos de posturas negativas que dañan el interés educativo, asegurando así la regularidad y estabilidad del año escolar y logrando el equilibrio que el Ministerio busca entre las normas ejecutivas y las exigencias de la realidad educativa."

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