Líbano
El gobernador de Beirut, Marwan Abboud, ha emitido una ordenanza general exigiendo la eliminación inmediata de ocupaciones ilegales en espacios públicos y el cumplimiento estricto de los límites legales.

La Oficina de Relaciones Públicas del municipio de Beirut informó, en un comunicado, que el gobernador de la ciudad de Beirut, el juez Marwan Abboud, emitió la advertencia general número 11866/2026 con fecha 2-11-2026, relativa a la obligación de eliminar las infracciones sobre los bienes públicos municipales, los retiros impuestos por ley y las ocupaciones extendidas más allá de los límites legales de los establecimientos.
El contenido de la decisión es el siguiente:
Con el fin de proteger los bienes públicos y salvaguardar la libertad de su uso, garantizar la seguridad de los ciudadanos y la libre circulación de peatones y vehículos, y mantener el orden público y la imagen civilizada de la ciudad de Beirut; dado que la preservación de los bienes públicos es un mandato constitucional impuesto a las administraciones públicas, y que el Artículo 23 de la Decisión No. 144/S de fecha 10/6/1925 (Determinación de Bienes Públicos) que exige la redacción de actas de infracción por violaciones de los reglamentos relacionados con el sistema de propiedad pública del Estado, su conservación y su uso, así como la imposición de sanciones administrativas y judiciales, reservando el derecho de la administración a reclamar indemnización por daños y a demoler las obras construidas ilegalmente sobre bienes públicos o zonas de servidumbre, de oficio y sin necesidad de ningún trámite.
Asimismo, la Ley de Construcción No. 646 de fecha 11/12/2004 y su decreto aplicativo No. 15874 de fecha 5/12/2005, que prohíben la construcción de cualquier estructura dentro de los retiros impuestos respecto a las vías públicas y los bienes públicos y privados.
Del mismo modo, el Decreto Legislativo No. 21/L de fecha 22/7/1932 relativo a locales peligrosos, perjudiciales para la salud y molestos, ha establecido la obligación de operar dentro de los límites del ámbito espacial autorizado sin excederlos, donde el Artículo 19 establece que: "Cualquier cambio en el estado de los lugares, en el tipo de equipos o en la actividad, y toda expansión de la explotación que implique un cambio significativo en las condiciones exigidas por la decisión o en el texto de la declaración — todo ello requiere una nueva licencia o declaración según la categoría del local". Por lo tanto, la ampliación de la actividad de la empresa hacia áreas no cubiertas por la licencia, si constituye un cambio en el estado de los lugares o una expansión de la explotación en el sentido mencionado, requiere una nueva licencia o declaración; la licencia original no es suficiente para cubrirla.
En aplicación de las disposiciones legales y principios constitucionales mencionados; se dirige una advertencia general a todos los infractores de las ocupaciones sobre los bienes públicos municipales o sobre los retiros impuestos por ley, o a quienes violan el ámbito de explotación otorgado, ya sean individuos, empresas, comercios turísticos, o compañías de aparcamiento con valet parking, obligándoles a detener inmediatamente las infracciones indicadas a continuación, eliminar todas las ocupaciones y obstáculos ilegales, y cumplir estrictamente con el contenido de esta advertencia, bajo pena de adoptar las medidas administrativas y legales especificadas, de acuerdo con lo siguiente:
Primero: Prohibición de ocupar bienes públicos y retiros impuestos por ley.
Se prohíbe a todas las empresas, comercios y establecimientos turísticos, a las personas que ejerzan cualquier actividad comercial o de servicios, y a las personas físicas, ocupar bienes públicos, vías, retiros impuestos por ley o aceras, o colocar cualquier equipamiento, material u obstáculo dentro de ellos, que inevitablemente afecte la seguridad pública, el orden público o la imagen civilizada de la ciudad, incluyendo pero no limitándose a las siguientes prohibiciones:
- Mesas, sillas, asientos, tiendas de campaña, toldos fijos y móviles, cortinas, jardineras, barreras y obstáculos metálicos, de cemento o plásticos, y otros equipamientos que conduzcan a la ocupación, reserva o restricción de la libre utilización de dichas áreas.
- Mercancías, estanterías, exhibiciones comerciales, carritos, puestos ambulantes, máquinas de preparación de café y bebidas, y otras herramientas y equipamientos colocados fuera de los límites legales del establecimiento.
- Cualquier equipamiento, obstáculo o material utilizado para asignar plazas de aparcamiento o impedir que terceros utilicen cualquier espacio de los bienes públicos, vías, retiros impuestos por ley o aceras.
- Cualquier extensión de la actividad comercial o turística fuera de los límites legales del establecimiento o debajo del balcón, voladizo o techo que lo cubra, si existe.
- Colocación de obstáculos privados para reservar plazas de aparcamiento en vías públicas o aparcar vehículos en aceras destinadas a peatones.
Por consiguiente, corresponde a todos los interesados eliminar inmediatamente las ocupaciones y obstáculos ilegales, y las empresas y compañías deben limitar sus actividades y equipamientos dentro de los límites legales autorizados para los establecimientos, sin excederlos hacia los bienes públicos o los retiros impuestos por ley, excepto las ocupaciones basadas en una decisión de licencia vigente emitida por la autoridad competente conforme a los procedimientos y dentro de la superficie, condiciones y duración especificadas en ella.
Segundo: Compañías de aparcamiento con valet parking
Se obliga a todas las compañías que ofrecen servicio de aparcamiento con valet parking dentro del ámbito de la ciudad de Beirut a cumplir estrictamente con los procedimientos legales y regulatorios vigentes, y se les prohíbe reservar bienes públicos, aceras, vías o retiros impuestos por ley, o asignar cualquier parte de ellos para el aparcamiento de vehículos de clientes y visitantes de los establecimientos, mediante la colocación de barreras u obstáculos metálicos, de cemento, plásticos u otros, o por cualquier otro medio que impida a los ciudadanos utilizar estos espacios.
Estas compañías deben cumplir estrictamente con las condiciones de la licencia otorgada y abstenerse de cualquier infracción sobre bienes públicos, aceras, vías o retiros impuestos por ley, o su reserva, colocación de obstáculos o asignación para aparcamiento contraria a los procedimientos, y respetar el aparcamiento únicamente en las propiedades específicas detalladas en el texto de la decisión de licencia correspondiente, cumpliendo con la tarifa oficial establecida en la Decisión Conjunta No. 1508 de fecha 15/10/2026 que no supera los quinientos mil libaneses (500,000 LBP). En caso de detectar cualquier infracción de este tipo, se levantará un acta contra la compañía infractora, y simultáneamente se tomará una decisión de suspensión temporal del trabajo o cancelación de la licencia según la naturaleza de la infracción y aplicando las disposiciones del Artículo Diez de la Decisión No. 1536 de fecha 21/9/2011 (Regulación del trabajo de los aparcadores VALETS PARKING).
Respecto a las compañías de aparcamiento no licenciadas, deben cesar inmediatamente su actividad dentro del ámbito de la gobernación de la ciudad de Beirut, y abstenerse de reanudarla antes de obtener la licencia legal necesaria de la autoridad competente, conforme a los procedimientos y condiciones vigentes. Se advierte a todas las empresas, comercios y establecimientos turísticos no contratar con ninguna compañía que carezca de la licencia legal necesaria, ni encargarle la prestación del servicio de aparcamiento para sus clientes y visitantes. La empresa que contrate con una compañía no licenciada, o le encargue la prestación de este servicio de manera que derive en infracciones sobre bienes públicos, aceras, vías o retiros impuestos por ley, asumirá la responsabilidad derivada de las infracciones atribuidas, y se tomarán contra ella las medidas legales y administrativas adecuadas según la naturaleza de la infracción y los textos vigentes.
Tercero: Medidas contra personas, empresas, comercios y establecimientos turísticos infractores
A partir del 16/11/2026, los departamentos competentes de la Unidad de Policía de Beirut, en coordinación con los servicios y oficinas pertinentes del municipio de Beirut y el Cuerpo de Guardia, iniciarán rondas e inspecciones de campo dentro del ámbito de la ciudad de Beirut, para verificar el grado de cumplimiento del contenido de esta advertencia y detectar las infracciones existentes.
En caso de detectar cualquier empresa, comercio o establecimiento turístico, o persona física que ejerza actividad de venta o servicio de "hand-off", que continúe ocupando bienes públicos, aceras, vías o retiros impuestos por ley, o extienda la actividad comercial o turística fuera de los límites legales del establecimiento o debajo del balcón, voladizo o techo que lo cubra, contraviniendo los procedimientos, se levantará un acta de infracción contra él, y simultáneamente se tomará una decisión administrativa por parte del gobernador de la ciudad de Beirut de cerrar temporalmente el establecimiento infractor según las disposiciones del Decreto Legislativo No. 21/L de fecha 22/7/1932 que permiten suspender temporalmente el efecto de la licencia (si existe), cerrar el establecimiento y sellarlo con lacre rojo cuando se cometan infracciones que justifiquen dicho cierre, hasta que la infracción sea eliminada definitivamente.
Cuarto: Renovación de licencias y decisiones anteriores relativas a la ocupación de bienes públicos
Se respetarán las decisiones de licencias emitidas por las autoridades competentes conforme a los procedimientos, que permitan la ocupación de partes específicas de los bienes públicos, durante el período de vigencia establecido. Esta licencia no incluye ninguna ocupación adicional no autorizada, ni ningún exceso de los límites de la licencia o incumplimiento de sus condiciones, tampoco se reconocerá ninguna ocupación que persista después de la finalización del plazo de la licencia a menos que se emita una decisión de renovación formal por la autoridad competente.
Ninguna licencia anterior se renovará automáticamente; cualquier solicitud de renovación estará sujeta a los procedimientos y condiciones legales y administrativas vigentes, especialmente la ausencia de infracciones por parte del titular que justifiquen la no renovación, y según lo determinen las autoridades competentes en función de las necesidades de seguridad pública, protección de los bienes públicos y libertad de su uso. La decisión de denegar la renovación de la licencia será motivada.
Quinto: Esta advertencia se considera una notificación general y definitiva para todos los interesados sobre la obligación de eliminar las infracciones existentes y dejar de cometerlas. Se encomienda a las entidades pertinentes de la Unidad de Policía de Beirut, el Cuerpo de Guardia y las oficinas especializadas del municipio de Beirut, cada uno dentro de su ámbito de competencia, tomar las medidas necesarias para ejecutar el contenido de esta advertencia, incluyendo la realización de inspecciones de campo, la redacción de actas de infracción, la documentación de las violaciones, la ejecución de las decisiones administrativas emitidas por la autoridad competente, y el seguimiento de casos de reincidencia.



